Cámara aprueba proyecto de voto de chilenos en el exterior
La iniciativa será discutida en el Senado y se aplicará en elecciones primarias presidenciales, elecciones presidenciales y plebiscitos.
El proyecto establece, entre otras cosas, la regulación de la inscripción de chilenos en el extranjero y el cambio de domicilio electoral para quienes deseen votar desde el exterior. La iniciativa fue despachada al Senado y podrá ser ejercida en las elecciones primarias presidenciales, presidenciales y plebiscitos.
Asimismo, cada país que posea un consulado de Chile, contará también con una Junta Electoral, la cual estará presidida por su Cónsul e integrada por otro funcionario del Servicio Exterior, quien ejercerá la labor de secretario. El Cónsul será quien asuma todas las funciones de delegado electoral.
El Servicio Electoral cumplirá las mimas funciones que las que posee con electores en Chile, determinando los lugares de votación y la creación o fusión de mesas receptoras de sufragios.
Por su parte, los consulados tendrán por misión custodiar los útiles electorales y de velar por el expedito acceso a los lugares de votación. Los cónsules serán responsables de que las mesas se instalen correctamente y obrar como expertos de identificación, en los casos en que exista disconformidad notoria y manifiesta entre los datos del padrón de mesa y la identidad del elector.
Inscripciones y cambio de domicilio electoral
Los chilenos en el extranjero que deseen inscribirse, deberán hacerlo solamente una vez, indicando su domicilio electoral en el país donde residen. Además, se contempla la existencia de domicilio electoral en el extranjero, el que tendrá las mismas características del domicilio electoral en Chile.
Para quienes vayan a salir del país, se incorpora una nueva modalidad para cambio de domicilio electoral. Como suma a las formas tradicionales, se establece además la posibilidad de inscribirse o realizar cambio de domicilio electoral en la Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile, al entrar o salir del país.
Adicionalmente, el Servel podrá notificar a quienes realicen cambios de domicilio o sean designados vocales de Mesa, a través de una carta, en caso de que no presenten correo electrónico.
Padrón Electoral
El proyecto contempla la creación de un padrón de chilenos en el extranjero, dentro del padrón general, cuya modalidad será idéntica a la que se utiliza para quienes sufragan en Chile. Éste deberá contener a todos quienes puedan ejercer su derecho a sufragio en una determinada elección, permitiendo tanto a quienes residen en Chile como en el extranjero, ser objeto de reclamaciones.
Del padrón de chilenos en el extranjero se designará a tres vocales de Mesa, quienes serán nominados por las Juntas Electorales, al igual que para las elecciones efectuadas al interior del país.
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