El 21 de agosto se publica el padrón auditado para las Elecciones 2017
Este 22 de agosto se inicia del periodo de diez días para que las personas que fueron omitidas del padrón de las elecciones del 19 de noviembre puedan reclamar de este hecho ante el Tribunal Electoral Regional correspondiente.
En el marco de la legislación vigente, el Servicio Electoral (Servel) −luego de cerrar el Registro Electoral el 1 de julio pasado− determinó el padrón provisorio para las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2017, el cual fue entregado a dos empresas auditoras para su revisión. Tras concluir dicha auditoría, el Servicio consideró las recomendaciones consignadas en sus respectivos informes y este 21 de agosto publicará el padrón auditado.
En este contexto, de acuerdo a los artículos 47 y 48 de la Ley 18.556, sobre Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, a partir de la publicación de dicho padrón, habrá un periodo de diez días, para que las personas que consideren que injustificadamente fueron omitidas de éste pueden reclamar, por escrito o verbalmente, ante el Tribunal Electoral Regional (TER) de su domicilio electoral.
Del mismo modo, cualquier persona natural, partido político o candidato independiente podrá presentar reclamaciones respecto de electores infundadamente omitidos del padrón o que aparezcan con datos erróneos, y solicitar la exclusión de quien figure en éste contraviniendo la ley. Este debe presentarse ante el TER que corresponda al domicilio del elector que se reclame.
En el caso de las personas que se encuentren en el extranjero, estas podrán presentar su reclamo a través del sitio web del TER de turno de la Región Metropolitana (Primer TER de turno del 28 al 31 de agosto aquí , y Segundo TER del 22 al 27 de agosto aquí) o en el consulado chileno más cercano, el cual lo ingresará al respectivo sitio web.
“Llamamos a todos los ciudadanos a revisar sus datos electorales en el padrón auditado que se publicará mañana en servel.cl, donde podrán verificar si existe alguna omisión, la que podrán reclamar hasta el 31 de agosto ante el tribunal competente”, destacó el director del Servicio Electoral, Raúl García Aspillaga, en punto de prensa realizado en dependencias de la institución.
Luego de revisar los antecedentes, y en los casos que corresponda el TER ordenará la incorporación, rectificación de los datos o la exclusión del Padrón Electoral del reclamante o electores afectados. Estas sentencias serán apelables ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), el cual deberá fallar dentro de un plazo de cinco días.
Finalmente, el tribunal respectivo remitirá al Servicio Electoral copia de la sentencia, la cual se cumplirá sin más trámite, siempre que su fecha de recepción sea a lo menos tres días antes del 20 de septiembre, cuando de debe publicar el padrón definitivo de las elecciones que tendrán lugar el próximo 19 de noviembre.
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