Servel publicó nómina de vocales de mesa y locales de elecciones primarias
En el sitio servel.cl y en primarias.servel.cl se puede conocer la mesa y el local de votación, que pueden haber cambiado respecto del Plebiscito, como también conocer si las Juntas Electorales le han designado como vocal de mesa.
Este sábado el Servicio Electoral publicó la nómina de vocales de mesa designados por las Juntas Electorales para desempeñarse en las Elecciones Primarias. De la misma forma, se hicieron públicas las mesas de sufragio y locales de votación, que para optimizar la atención de los electores se han reducido en cantidad, lo que implica cambios en relación con el Plebiscito Nacional 2020.
En esta oportunidad, las Juntas Electorales determinaron los vocales sorteándolos entre quienes fueron nombrados para dicha función en el Plebiscito Nacional. Para las 21.281 mesas de sufragio se dispondrá de cinco vocales. No obstante, una mesa podrá funcionar con la presencia de solo tres vocales.
Se recomienda a todos los electores revisar sus datos electorales en: https://consulta.servel.cl/, servel.cl y primarias.servel.cl.
Para estas elecciones Primaras y según la normativa dictada por Servel, las mesas funcionarán entre las 8.00 y 18.00 horas, a menos que, llegada la hora de cierre, hubiese electores de la mesa esperando para sufragar.
En los tres días hábiles siguientes a la publicación de la nómina de vocales, es decir lunes 9, martes 10 y miércoles 11 de noviembre, los vocales que lo necesiten, podrá excusarse de desempeñar el cargo, acogiéndose a las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700 y a aquellas integradas por el Consejo Directivo de Servel, las que en conjunto son:
• Tener 60 o más años de edad.
• Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
• Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
• Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
• Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
• Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
• Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
• Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
Las excusas podrán ser formuladas por escrito ante el secretario de la Junta Electoral respectiva o acreditar ante el delegado del local el día de las Primarias o ante el Juez de Policía Local si llegasen a ser citados con posterioridad.
Todos los vocales deberán asistir a la constitución de mesas el día 28 de noviembre a las 15.00 horas. en su respectivo local de votación.
¿Quiénes pueden votar?
Podrán votar los independientes y los afiliados de partidos políticos que tengan domicilio electoral en las regiones o comunas en las que el pacto donde participe su partido presente candidatos. Los afiliados sólo podrán votar en la elección del pacto del cuál su partido forme parte, por ende, recibirán las cédulas electorales con los candidatos únicamente de su pacto. En cambio, los independientes recibirán las papeletas con todos los candidatos y podrán votar por cualquiera de ellos.
Afiliados:
Los afiliados y afiliadas a un partido político podrán votar únicamente si tienen domicilio electoral en regiones o comunas en las que el pacto del que participe al partido al que están afiliados presente candidatos.
Independientes:
Los independientes podrán votar por el candidato de cualquier pacto. Recibirán una papeleta con todos los nombres y para que su voto sea válido deberán elegir solo una opción. Todos los independientes podrán votar por primarias de gobernadores regionales. También podrán votar por primarias de alcalde, en caso de tener domicilio electoral en una comuna de las 36 comunas que realice primarias de alcalde.
¿Quiénes no podrán votar?
Al consultar sus datos en consulta.servel.cl no se encontrarán habilitados para votar en las Elecciones Primarias 2020:
• Quienes no se hayan encontrado habilitados para sufragar en el Registro Electoral al 30 de septiembre
• Los afiliados a partidos políticos que no son parte de las primarias
• Los afiliados a partidos políticos cuyos pactos no presentan candidatos en el domicilio electoral del afiliado
Medidas sanitarias
• Los electores y electoras adultos mayores de 60 años, mujeres embarazadas, personas que tengan algún tipo de discapacidad, y electores que requieran ser asistidos en el ejercicio de su sufragio tendrán trato preferente para votar durante todo el proceso de votación.
• Los electores y electoras que concurran a votar deberán asistir sin la compañía de otra persona, salvo el caso de aquellos que requieran ser asistidos al momento de ejercer su sufragio, así como personas que deban ir acompañados por un niño, niña o adolescente por causa de fuerza mayor.
• El aforo de los locales de votación se determinará multiplicando por 10 el número de mesas.
• En cuanto a los equipos periodísticos, y tal como en el Plebiscito del 25 de octubre, estos deberán acreditarse ante la Unidad de Comunicaciones del Servicio Electoral para los días 28 y 29 de noviembre llenando un formulario con el personal que trabajará aquellos días, al menos con 48 horas de anticipación. Para hacer ingreso a los locales de votación, los equipos periodísticos deberán exhibir la credencial del medio de comunicación respectivo al delegado o alguno de sus ayudantes.
• Sólo podrá asistir un máximo de un apoderado por candidato que participe en las elecciones primarias a las actuaciones de cada mesa receptora de sufragios. Y a partir del cierre de las mesas, se permitirá la presencia de no más de 10 personas por cada mesa (sin contar los apoderados y vocales) para el escrutinio de las mismas.
• Toda persona que se encuentre dentro de un local de votación deberá mantener en todo momento una distancia física mínima de 1 metro entre una y otra persona, usar mascarilla en forma permanente, y respetar todas las medidas del Protocolo Sanitario Primarias 2020.
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