El 18 de julio serán las Primarias Presidenciales: revisa las principales fechas
Las primarias son elecciones contempladas en el sistema electoral público, que pueden ser utilizadas por los partidos políticos para la nominación de candidatos a cargos de elección popular, cuyos resultados son vinculantes para las colectividades, esto quiere decir que los ganadores pasarán a ser directamente candidatos en la elección definitiva.
Las Primarias Presidenciales que se realizarán este 18 de julio contarán con dos pactos con sus respectivos candidatos:
- Chile Vamos, letra A, conformado por los partidos Renovación Nacional, Unión Demócrata Independiente, Evolución Política y Partido Regionalista Independiente Demócrata, más una candidatura independiente.
- Apruebo Dignidad, letra B, conformado por los partidos Revolución Democrática, Convergencia Social, Comunes, Partido Comunista y Federación Regionalista Verde Social.
Pacto Chile Vamos, lista A:
Candidatos y programas | Partido Político |
Joaquín Lavín Infante | Unión Demócrata Independiente |
Ignacio Briones Rojas | Evolución Política |
Sebastián Sichel Ramírez | Independiente |
Mario Desbordes Jiménez | Renovación Nacional |
Pacto Apruebo Dignidad, lista B:
Candidatos y programas | Partido Político |
Gabriel Boric Font | Convergencia Social |
Daniel Jadue Jadue | Partido Comunista de Chile |
Algunas de las principales fechas de este proceso son:
Viernes 18 de junio: Inicio del período de propaganda electoral:
- En los lugares calificados como plazas, parques u otros lugares públicos autorizados. Arts. 31 y 35, Ley N° 18.700 y Arts. 6 y 7, Ley N° 20.640.
- Por medio de prensa y radioemisoras. Inciso sexto, Art. 31, Ley N° 18.700 y Art. 7, Ley N° 20.640.
- Por activistas o brigadistas en la vía pública, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la candidatura o la entrega de materiales impreso u otro tipo de objetos informativos. Art. 35 inciso 5, Ley N° 18.700 y Art. 7, Ley N° 20.640.
Sábado 19 de junio: Secretario de la Junta Electoral en el extranjero remite al Servicio Electoral nómina de vocales designados para cada Mesa Receptora de Sufragios. Art. 206 inciso 3°, Ley N° 18.700.
Sábado 26 de junio: El Servicio Electoral publica en su página web las nóminas de vocales designados para Mesas Receptoras de Sufragios, Locales de Votación y Delegados de las Oficinas Electorales que funcionarán en el extranjero. Asimismo, comunica al correo electrónico de cada uno de los vocales de su nombramiento, indicando la fecha, hora y lugar de constitución y funcionamiento de la Mesa y los nombres de los demás vocales. Arts. 48,
60 y 206 Ley N° 18.700, Art. 6 inciso 3° Ley N° 18.556, y. Art. 6, Ley N° 20.640.
Los Secretarios de cada Junta Electoral que funcionan en Chile publican, en un diario o periódico, las nóminas de vocales designados para Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores, Locales de
Votación, Delegados y recintos en que funcionarán los Colegios Escrutadores. Asimismo, comunica por carta certificada a cada uno de vocales y miembros de Colegios Escrutadores, de su nombramiento, indicando la fecha, hora y lugar de constitución y funcionamiento de la Mesa o Colegio Escrutador y los nombres de los demás vocales y de los demás miembros de Colegios Escrutadores. Arts. 48, 60, 88,89 y 90, Ley N° 18.700 y Art. 6, Ley N° 20.640.
Jueves 1 de julio: Vence plazo para presentar excusas y solicitar exclusiones, para desempeño del cargo de vocal de Mesa y de miembro de Colegio Escrutador, ante las Juntas Electorales. Arts. 49 y 91, Ley N° 18.700, y Art. 6, Ley N° 20.640.
Sábado 3 de julio: Los Secretarios de cada Junta Electoral publican las nóminas de los vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores. Art. 51, incisos 1º y 2º, Ley N° 18.700 y Art. 6, Ley N° 20.640.
Se publica en el sitio web del Servicio Electoral, la nómina de vocales reemplazantes para las Mesas Receptoras de Sufragios que funcionarán en el extranjero. Art. 206. Ley N° 18.700.
Martes 13 de julio: El Servicio Electoral publica, en diarios, los facsímiles de las cédulas oficiales de votación que se utilizarán. Art. 30, Ley N° 18.700 y Art. 6, Ley N° 20.640.
Jueves 15 de julio: A las 24:00 horas, término de todo tipo de propaganda electoral e información electoral de utilidad para la ciudadanía, y la franja gratuita de propaganda en canales de televisión de libre recepción. Arts. 31 y 35, Ley
N° 18.700, y Arts. 6 y 45, Ley N° 20.640.
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