Medidas sanitarias para el Plebiscito Constitucional
Es de especial preocupación para el Servicio Electoral de Chile tomar todas las medidas necesarias en las diferentes etapas del proceso electoral del próximo 4 de septiembre. Dado lo anterior, Servel elaboró un Protocolo Sanitario que adoptará las siguientes medidas sanitarias para el Plebiscito Constitucional:
Kit sanitario:
El domingo 4 de septiembre de, día del Plebiscito Constitucional, el electorado debe acudir con sus propios implementos de protección (alcohol gel con una concentración de al menos 70%, y mascarilla, idealmente quirúrgicas desechables de tres pliegues). No obstante, lo anterior, se dispondrá de kits sanitarios de contingencia para colaborar en un apropiado resguardo de las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud.
El elector deberá llevar su propio lápiz pasta azul para marcar su preferencia en la correspondiente cédula de votación, así como para firmar el padrón de mesa.
kits sanitarios básicos para los vocales de mesas receptoras de sufragios y para personal con rol electoral:
- Mascarillas para vocales de mesa (2 del tipo KN95 por persona, para recambio en caso de ser necesario). A su cargo, los apoderados de las opciones deberán llevar sus propias mascarillas y alcohol gel manteniendo en todo momento la distancia física de al menos un metro lineal, de lo contrario no podrán desempeñar sus funciones.
- Escudos faciales para los vocales de mesa, siendo especialmente recomendable el uso por parte del presidente/a de mesa al momento del escrutinio. Alcohol gel con una concentración de al menos 70%, para vocales de mesa y electores.
- Desinfectantes, de conformidad a lo establecido en el Protocolo de Limpieza y Desinfección de Ambientes COVID-191, en particular se debe priorizar la limpieza y desinfección de todas aquellas superficies que son manipuladas por los usuarios con alta frecuencia. Para realizar la limpieza se recomienda el uso de guantes de nitrilo, desechándolos y posterior lavado de manos.
- Toallas húmedas con una concentración de alcohol de al menos 70%.
- Toallas de papel o servilletas.
- Guantes de nitrilo para el conteo de votos. (De igual forma, se debe procurar un constante lavado de manos).
- Bolsas de basura grande.
- En los locales de votación se utilizará cinta adhesiva de color amarillo para demarcar en el piso la distancia física requerida de al menos un metro.
Actos de campaña:
Dado el nuevo contexto que la sociedad debe enfrentar producto de la pandemia del COVID-19, el Servicio Electoral reitera la necesidad de mantener los cuidados señalados por la autoridad sanitaria para la realización de actos masivos, sea de manera pública o privada, que sean compatibles con una estrategia de distanciamiento físico y cuidado intensivo sanitario.
- Los partidos políticos, las organizaciones de la sociedad civil, los parlamentarios independientes o los comandos de las opciones sometidas a plebiscito tendrán la responsabilidad de destinar recursos para insumos sanitarios y ponerlos a disposición de quienes trabajen en la campaña. A su vez, deberán elaborar materiales educativos e informativos para ser difundidos a las personas involucradas en las actividades de campaña y al público en general.
- Se deben evitar eventos presenciales masivos y promover los canales virtuales, donde la ciudadanía de forma segura pueda escuchar ideas y debatir sobre las opciones sometidas a plebiscito.
- Para la realización de reuniones presenciales, se debe garantizar el uso de mascarillas, una distancia física de al menos un metro lineal y que no se supere el aforo permitido y priorizando el uso de espacios abiertos.
- Las campañas puerta a puerta pueden realizarse siempre que se desplace un número limitado de personas y que en ellas se respete la distancia física de al menos un metro lineal, se utilice mascarilla e higienice periódicamente las manos.
- En caso de reuniones en espacios cerrados, se debe desinfectar previamente, disponer alcohol gel y el uso obligatorio de mascarilla.
- En los locales de votación queda estrictamente prohibido utilizar material sanitario, o de cualquier otro tipo, que tenga propaganda referente a alguna de las candidaturas sometidas a elección.
Información a personal con rol electoral:
El Servicio Electoral de Chile dispondrá de información virtual y videos para todos quienes desempeñen el rol de vocal, siendo obligatoria su revisión.
Locales de votación:
- Los locales de votación deberán ser sanitizados los días 3 y 4 de septiembre en la madrugada.
- Al exterior de los locales se deberán demarcar con cinta amarilla el espaciamiento físico que será requerido a los electores para su ingreso. De igual forma se deberá demarcar el distanciamiento físico de un metro lineal para ingresar a la mesa receptora de sufragios.
- Será obligatorio el uso permanente de mascarilla en los locales de votación sin importar si es un espacio abierto o cerrado ni la fase en la que se encuentre el territorio al que pertenece el local.
- Los electores deberán ingresar a los locales de votación solos, sin compañía, salvo aquellos que manifiesten necesidad de voto asistido o tengan alguna necesidad especial para ingresar acompañados.
- Considerar filas de acceso preferencial para adultos mayores, personas con necesidades especiales o embarazadas, las que deberán tener 2 metros de distancia con la fila de acceso general.
- Al momento de ingresar a los locales de votación todas las personas, sin excepción, deberán higienizar sus manos con solución de alcohol gel dispuesto por el Servicio Electoral para tales fines a través de sus facilitadores.
- Los locales de votación contarán con mascarillas quirúrgicas desechables de tres pliegues para casos de contingencia con electores u otros.
- Para ingresar a los locales de votación se deberán realizar filas, siempre provistos de mascarillas (idealmente quirúrgicas desechables de tres pliegues) y guardando una distancia de al menos un metro lineal entre las personas.
- No se podrá exigir a los electores para el ingreso a los locales de votación el pase de movilidad ni efectuar controles de temperatura.
- En los locales de votación queda estrictamente prohibido ingresar con propaganda referente a alguna de las opciones del plebiscito, ya sea en sus elementos sanitarios o vestimenta.
- Se deberá determinar un aforo considerando la capacidad máxima del recinto asegurando un distanciamiento de al menos un metro entre personas.En el aforo no se debe considerar a los vocales, apoderados, prensa, personal del Delegado o con rol electoral y fuerzas encargadas del orden.
- Se recomienda que los locales de votación tengan habilitadas puertas de ingreso y salida distintas, para permitir el flujo unidireccional y evitar aglomeraciones.
- Una vez emitido el voto, los electores tendrán que hacer abandono inmediato del local de votación por la salida dispuesta para ello.
- Las declaraciones, entrevistas o conferencias de prensa de cualquier persona deberán ser realizadas afuera de los locales de votación.
- Se deberán reforzar los basureros con tapa al interior de los locales de votación, duplicando su capacidad y colocando bolsas de basura grande. Los municipios deberán hacer retiro periódico de la basura y limpieza de los locales de votación.
- Tanto en el exterior como en el interior de los locales de votación, se deben colocar afiches que orienten al elector sobre medidas sanitarias, entradas y salidas.
- Los locales de votación deben contar con baños públicos disponibles y éstos deben limpiarse y desinfectarse de manera frecuente, procurando tener agua potable, jabón líquido y medios para el secado de manos y asegurando distancia física de al menos un metro lineal.
Mesa Receptora de Sufragios:
Al momento de la instalación, los vocales de la mesa receptora de sufragios deberán organizarse para establecer una ubicación que permita la distancia física de al menos un metro lineal entre ellos.
- Se deberán eliminar las puertas o cortinas de entrada de la cámara secreta y tendrán que ser ubicadas en una posición que garantice el secreto del voto.
- Designar a un vocal como responsable de verificar el cumplimiento de las medidas y protocolos sanitarios en cada una de ellas.
- Los vocales de la mesa receptora de sufragios podrán opcionalmente antes del conteo de votos usar guantes de nitrilo, sin embargo, será obligatoria la desinfección periódica de las manos sea que se utilicen o no los guantes.
- Los vocales de la mesa receptora de sufragios deberán utilizar en todo momento las mascarillas del kit sanitario. El escudo facial es recomendado para los vocales, pero especialmente para el Presidente de mesa al momento de la lectura de los votos y del escrutinio.
- Los vocales de la mesa deberán desinfectar las cámaras secretas y lápices después de cada uso, además, deberán realizar una desinfección periódica (recomendado cada 2 horas) de las superficies del mobiliario.
- El Presidente de la mesa será responsable, o quien éste designe, de mantener en el exterior de la sala una fila que asegure el distanciamiento físico de al menos un metro lineal, demarcando los espacios en el piso. Sólo se permitirá el ingreso preferente de votantes a las mesas receptoras de sufragios en casos que tengan más de 60 años, necesidades especiales, estén embarazadas o requieran voto asistido.
- Al recibir a un elector, los vocales de la mesa receptora de sufragios no deberán tocar la cédula de identidad de éste. Sólo si fuera necesario, se deberá desinfectar la cédula de identidad del elector.
- Al momento de colocar sobre la mesa la cédula de identidad, el elector debe retroceder al menos un metro a la espera de que el miembro de mesa encuentre el registro en el padrón. El elector deberá mostrar su rostro quitándose la mascarilla por no más de 3 segundos, a una distancia mínima de dos metros. Luego se procederá a entregarle las cédulas de votación para la Elección. La cédula de identidad quedará a la vista del miembro de mesa correspondiente. Emitidos los votos, el elector deberá mostrarlos doblados y sellados, para que el Presidente de la mesa revise que los números de serie son coincidentes con los de las cédulas entregadas y, con la autorización de éste, el elector deberá desprender las colillas, depositándolas en el sobre que se le indique y luego depositar los votos en la urna. Hecho esto, el elector podrá retirar su documento de identidad.
- La entrega de la cédula de votación se deberá realizar dejándolas sobre la mesa, evitando mantener contacto físico con el elector.
- Los vocales de mesa podrán permitir que cada elector use su propio lápiz pasta azul para emitir el voto y firmar el padrón.
- A su cargo, los apoderados de las opciones deberán llevar sus propias mascarillas y alcohol gel, manteniendo en todo momento la distancia física, de lo contrario no podrán desempeñar sus funciones. Las mascarillas podrán ser del tipo KN95 o quirúrgicas desechables de tres pliegues. Será opcional el uso de otros elementos de protección personal y no está permitida la propaganda en ninguno de los elementos de protección personal.
- Respecto de la cámara secreta, se deberán eliminar las puertas o cortinas de entrada, por lo que se deberá procurar una ubicación que asegure el secreto del voto. Adicionalmente, se deberá desinfectar la superficie después de cada uso y los vocales deberán controlar el ingreso.
- Los vocales procurarán una atención expedita a los electores, a efectos de que éstos permanezcan en el lugar el menor tiempo posible.
Alimentación y tiempos de descanso:
Se debe instruir a los vocales de mesa que la alimentación e ingesta de líquidos se debe realizar por turnos, en espacios abiertos y debidamente habilitados para ello.
Voto accesible, de grupos de riesgo o adultos mayores:
El Servicio Electoral ha innovado permanentemente en tener a disposición en cada local de votación, de plantillas braille o con ranuras para la emisión del voto por parte de electores con discapacidad visual, la cual debe ser desinfectada después de cada utilización. Al respecto se debe tener especial cuidado en asistir a las personas con dificultad visual o movilidad reducida para ejercer el sufragio, permitiendo la asistencia de una persona de confianza del elector, además de poder contar con la guía y apoyo de personal de Defensa Civil, Cruz Roja o las Fuerzas Armadas. La persona que asista al elector en el voto deberá quedar consignada con nombre y RUN en el acta de la mesa.
Respecto de los adultos mayores o grupos de riesgo, es importante evitar la exposición de éstos en las actividades y gestiones del proceso electoral. Al igual que en el caso anterior, les está permitido contar con la asistencia de una persona de confianza del elector, además de poder contar con la guía y apoyo de personal de Defensa Civil, Cruz Roja o las Fuerzas Armadas. La persona que asista al elector en el voto deberá quedar consignada con nombre y RUN en el acta de la mesa.
Los Delegados de los locales de votación deben evitar la selección de vocales de mesas que pertenezcan al grupo de adultos mayores, ya que estos corren mayor riesgo de presentar complicaciones graves ocasionadas por la enfermedad COVID-19.
Escrutinio y transmisión de datos:
- Al efectuar el cierre de la mesa, se deberá proceder a desinfectar las superficies de trabajo y lápices con los que trabajaran en el escrutinio. En este punto se recomienda que los vocales de mesa usen guantes de nitrilo y los desinfecten periódicamente con alcohol gel, debido a que tendrán que manipular los votos de la urna.
- Todo el personal involucrado en las fases de escrutinio, escaneo y transmisión deberá mantener la distancia física requerida de al menos un metro, utilizar permanentemente los medios de protección e higiene suministrados.
- El público, apoderados y medios de comunicación deberán utilizar en todo momento sus propias mascarillas y mantener la distancia física requerida de al menos un metro lineal. El Presidente de la mesa está investido de la autoridad para hacer cumplir estas medidas. Especialmente, para hacer el conteo de los votos públicamente y en voz alta, se recomienda al Presidente de la mesa utilizar escudo facial, debiendo el resto de los presentes mantener silencio para facilitar la lectura de los votos (que puede verse dificultado por el uso de mascarilla).
- Una vez completadas las actas, se deberá proceder a la higienización de manos y llevar a la oficina electoral del local de votación para la digitación y transmisión de los datos.
- Tanto el personal PESE (Personal de Enlace del Servicio Electoral), digitadores y personal técnico de transmisión de resultados deberá en todo momento llevar mascarilla, guantes de nitrilo y utilizar periódicamente alcohol gel.
- Para el retiro del material electoral, todo el personal involucrado en el transporte, servicios logísticos y seguridad deberá mantener las medidas sanitarias.
Apoderados opciones plebiscitadas:
En representación de las opciones plebiscitadas y para los efectos de evitar aglomeraciones, mantener la distancia física, y facilitar las actuaciones de las Juntas Electorales, Delegados en las Oficinas Electorales, Colegios Escrutadores y de las Mesas Receptoras de Sufragios, durante la votación y en especial en los escrutinios, se hace necesario limitar la presencia de los apoderados ante estos organismos.
- Podrá asistir 1 apoderado en cada una de las instancias anteriores por cada:
- Partido político que integre o no un comando, registrado para hacer campaña en el Servicio Electoral.
- Los comandos de organizaciones de la sociedad civil y parlamentarios independientes registrados para hacer campaña en el Servicio Electoral.
- Organización de la Sociedad Civil que no integre un comando registrado para hacer campaña en el Servicio Electoral.
- Parlamentario independiente que no integre un comando registrado para hacer campaña en el Servicio Electoral.
- Un mismo apoderado sólo podrá representar a la opción en que se registró en el Servicio Electoral su comando, partido político, organización de la sociedad civil o parlamentario independiente.
- Los apoderados generales de local de votación y sus suplentes, de colegio escrutador y de junta electoral serán designados por los delegados registrados en el Servicio Electoral al momento de inscribirse para hacer campaña, ya sea que se trate de un comando, partido político, organización de la sociedad civil o parlamentario independiente. También podrán ser designados por los representantes legales de los partidos políticos o de estos organismos cuando tengan personalidad jurídica. Los apoderados de mesa receptora de sufragios y apoderados ante la oficina electoral del local de votación serán designados por el apoderado general del local o su suplente.
- Todos los apoderados podrán ser designados mediante poder simple.
- Un apoderado general de local, su suplente y los apoderados de mesa, podrán ser sustituidos durante el día de votación, mediante un poder suscrito por quien corresponde en cada caso.
- Queda prohibido a los apoderados hacer uso de elementos de propaganda electoral, debiendo dar cumplimiento estricto a las normas emitidas por el Servicio Electoral sobre credenciales y carpetas.
- Los apoderados de mesa podrán ejercer su función conforme a las facultades que les entrega la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en particular en lo relativo a solicitar al presidente de la Mesa Receptora de Sufragios examinar los votos, como también solicitar dejar consignado en el acta de la mesa los hechos o circunstancias que puedan ser relevantes para el proceso.
- En sus actuaciones los apoderados o apoderadas deberán dar estricto cumplimiento a las medidas sanitarias dispuestas en este Protocolo Sanitario.
Información epidemiológica de Vocales de mesa:
El Ministerio de Salud tendrá acceso a la información proporcionada por el Servicio Electoral, con objeto de revisar data epidemiológica de vocales previo a las votaciones procurando que no participen en esta actividad vocales confirmados COVID-19 positivos o contactos estrechos.
Conozca el detalle del Protocolo Sanitario del Consejo Directivo de Servel publicado en el Diario Oficial aquí
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