Este sábado 22 de abril vence plazo para divulgar resultados de encuestas electorales
Hasta las 24:00 hrs. de esta sábado 22 de abril, se podrá divulgar resultados de encuestas de opinión pública referidas a preferencias electorales para la elección a miembros del Consejo Constitucional del próximo 7 de mayo; en virtud de lo dispuesto en la ley 18.700.
Las encuestas constituyen una representación estadística de una opinión mayoritaria, pudiendo ser conductor de opinión pública y/o de preferencias electorales, influyendo en el comportamiento del elector.
Esta prohibición temporal obliga a todos aquellos que divulguen resultados de encuestas de opinión, desde los que las obtienen, sus destinatarios preferentes, así como quienes tienen la capacidad para difundirlos; sin importar la seriedad del organismo que levantó los datos o la existencia real o no del sondeo o estudio.
Infringir la restricción indicada, podrá ser objeto de una multa a beneficio fiscal de 10 a 200 UTM para el Director responsable de un órgano de prensa, radioemisora o canal de televisión, así como a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión.
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