Se acaba el plazo: Hasta este 29 de julio se puede actualizar o modificar el domicilio electoral
Quedan solamente 3 días para el fin del plazo habilitado para realizar el trámite de cambio de domicilio electoral, esto es el próximo 29 de julio. Una fecha inamovible, es decir, no existe legalmente, la posibilidad de cambiar esa fecha ni de abrir un nuevo plazo antes del Plebiscito Constitucional del 17 de diciembre.
Hasta este 26 de julio, se han recibido un total de 318.053 solicitudes. De éstas, 43.284 se han realizado de manera asistida por las Direcciones Regionales de Servel, tanto de forma presencial en las oficinas como en los operativos en terreno, o en centros de atención de ChileAtiende y Consulados. Y 274.769 se han realizado de forma online, cerca de 120.000 de ellas se han auto georreferenciado.
Previo a la Elección de los Consejeros Constitucionales, se recibieron 815.478 solicitudes para este trámite. Mientras que, para el Plebiscito 2022, 951.019 electores y electoras lo solicitaron.
Desde el 1 de junio, Servel ha difundido ampliamente los plazos, sumando una campaña nacional pagada en radios, televisión, medios escritos, digitales y redes sociales con el fin de que la información llegue a todos los rincones del país. El llamado principal a los electores y electoras es que revisen su domicilio electoral, poniendo especial cuidado en que los datos que hayan ingresado anteriormente y figuren en el Registro Electoral estén correctos, sin abreviaturas y escritos de forma completa.
Se ha instado a poner atención al ingresar la comuna, ya que el local de votación que se asigne estará en la comuna que el elector haya declarado. Si no se cumple con alguna de estas condiciones, o bien si el elector o electora desea cambiar la dirección antes registrada, deberá ingresar una solicitud de cambio de domicilio electoral hasta el 29 de julio. En caso de realizarse más de una solicitud, serán considerados únicamente los últimos datos ingresados.
“El domicilio electoral es un dato que registra cada elector o electora y es una declaración oficial, que no puede ser modificada por Servel. Por esto, si es ingresada con errores, la ley no nos habilita para realizar cambios. Es de suma importancia que el domicilio electoral esté bien ingresado, ya que se acuerdo a él se hace la asignación a un local de votación. Si los electores se han cambiado de domicilio y no han informado al Servel, sin duda la asignación no será correcta”, señaló el Presidente de Servel, Andrés Tagle en un punto de prensa convocado para informar a la ciudadanía.
Para facilitar el trámite Servel ha dispuesto diversos medios:
- En la web Servel accediendo con Clave Única, hasta las 23:59 horas del sábado.
- De forma presencial en las Direcciones Regionales de Servel, que el sábado atenderán de forma extraordinaria entre las 9 y las 18 horas. También en ChileAtiende y en los Consulados de Chile en el exterior. Como ya hemos informado, en el plebiscito constitucional de diciembre los chilenos y chilenas en el exterior podrán sufragar de forma voluntaria, pero el electorado en el territorio nacional deberá votar de forma obligatoria.
- Las Direcciones Regionales de Servel se encuentran desarrollando un completo despliegue en terreno a lo largo del país, a donde electores y electoras también pueden concurrir. La agenda se encuentra disponible en servel.cl y en las redes sociales del Servicio Electoral. Ya se han realizado 410 salidas a terreno y en los 3 días que quedan se ha agendado una veintena más.
- Por último, existe también una atención virtual para realizar exclusivamente la solicitud de cambio de domicilio electoral sin Clave Única. Se deberá contar con una cédula de identidad vigente desde el 1 de enero del 2020 y llenar un formulario de solicitud de cambio de domicilio electoral escrito y firmado para ser adjuntado al agendar la cita o al momento de su atención.
La atención virtual puede ser realizada en compañía de una tercera persona, siempre y cuando el titular de la solicitud de cambio de domicilio esté presente y se pueda verificar su identidad, y el titular manifieste expresamente su consentimiento.
Cualquiera sea el mecanismo que use el elector, debe tener presente que, al tratarse de una solicitud, la aceptación se verá reflejada en la Consulta de Datos Electorales luego de 20 a 25 días hábiles.
“También llamamos a quienes tengan adultos mayores cercanos a que les informen y asistan para que ellos también puedan actualizar su domicilio y eso nos permita ubicarlos en uno de los locales de votación cercanos en el próximo Plebiscito Constitucional”, reiteró Andrés Tagle.
Nómina especial de electores que no serán considerados en padrón electoral
Este 30 de julio Servel pública, mandatado por ley, la nómina especial de electores que no serán considerados en el padrón electoral del próximo Plebiscito.
Esta nómina comprende a las personas que, conforme a la Ley N° 18.556, además de ser mayores de 90 años:
- No cuentan con su documento de identidad vigente, por no haber obtenido o renovado su cédula nacional de identidad, cédula de identidad para extranjeros o pasaporte, en los últimos once años, de acuerdo con la información que obtiene el Servicio Electoral desde el Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Y, junto con lo anterior, no han votado en las últimas dos elecciones.
Quienes consideren haber sido ingresados erróneamente en esta nómina podrán reclamar a ella en el Servicio Electoral, también quienes tengan un familiar cercano o conocido que haya sido excluido. Para ello hay plazo hasta el lunes 14 de agosto.
En febrero de este año, previo a la Elección de Consejeros Constitucionales, la nómina especial comprendió 64.731 electores siendo una cifra mínima las personas que la reclamaron.
Cronograma electoral
30 de julio: Publicación de nómina de electores de más de 90 años que serán excluidos del padrón electoral.
14 de agosto: Vence plazo para reclamaciones de la nómina de electores de más de 90 años.
25 de nov: Publicación de vocales de mesa, mesas y locales de votación.
27 al 29 de nov: Plazo para presentar excusas de vocales de mesa.
2 de dic: Publicación de vocales reemplazantes.
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